DestacadasNacional

Detienen a mujer por difundir fotos íntimas de otra mujer

Se le aplicó la Ley Olimpia y podría quedarse varios años tras las rejas.

Ciudad de México, México, 18 de enero del 2022.-En Nuevo León, las autoridades arrestaron a Olga “N”, de 44 años de edad, acusada de difundir fotos íntimas de otra mujer. Se le aplicó la Ley Olimpia y podría quedarse varios años tras las rejas.

Fueron agentes de la Fiscalía General de esa entidad quienes ejecutaron la orden de aprehensión en el municipio de Santiago, y ahora Olga “N” está ante un Juez, acusada por el momento de ultrajes a la moral pública o las buenas costumbres.

El caso refiere que Olga tenía una relación con un hombre, con quien terminó. Sin embargo, éste siguió su vida y se casó con otra mujer, lo cual no fue el agrado de la ahora detenida.

De una forma que no se explicó, consiguió fotos íntimas de la esposa de su ex, y las difundió vía WhatsApp, haciéndolas virales, y llegando no sólo al hombre, sino también a sus familiares, además de amigos de la mujer.

El objetivo de Olga era causar un conflicto entre la pareja. Sin embargo, lo que consiguió fue que la víctima denunciara los hechos, se realizaron las investigaciones necesarias, se aplicó la Ley Olimpia y fue arrestada, acusándole por ahora del delito mencionado, pero se prevé que acumule más cargos durante el avance de la investigación, entre ellos, violencia digital de género.

¿Qué es la Ley Olimpia?

La Ley Olimpia surgió a consecuencia de la difusión de un video íntimo de Olimpia Coral Melo por redes sociales, acción realizada por su ex pareja sentimental a manera de venganza, en Puebla. Ella acudió a denunciar, pero la queja no procedió porque esa acción no estaba tipificada en el Código Penal.

En 2014 se propone la iniciativa en el Congreso de Puebla, la cual duró 7 años para llevar a cabo las reformas en el Código Penal y La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que se incluyera este hecho como un delito.

Dicha Ley, aprobada en toda la República Mexicana, incluye a la Violencia Digital como un delito, basándose en la difusión, reproducción, exhibición, comercialización, intercambio de contenido sexual a través de los medios digitales, sin el consentimiento de la víctima, afectando su dignidad, vida privada y seguridad, ocasionando daño de manera psicológica y moral.

La sanción penal a nivel Federal es de 3 a 6 años de prisión, de 300 a 600 días de multa, así como el pago por reparación de los daños y perjuicios que se ocasionaron.

error: Content is protected !!